Donald Trump vuelve a estar en el centro del debate internacional tras firmar una nueva proclamación que restringe o prohíbe totalmente la entrada a Estados Unidos a personas de 19 países, entre los que se encuentran Cuba, Venezuela, Irán, Yemen o Afganistán. La medida entra en vigor el próximo 9 de junio de 2025.
Una decisión que ya está teniendo repercusiones y que puede afectar seriamente a quienes planeaban viajar, estudiar o trabajar en EE.UU.
¿Qué países están afectados?
La orden firmada por Trump se divide en dos bloques:
Prohibición total de entrada (12 países):
Afganistán, Myanmar (Birmania), Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Restricciones parciales de entrada (7 países):
Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
En estos casos, se limita el acceso con visados turísticos (B1/B2), de estudios (F y M) y programas de intercambio (J).
¿Qué motivos alega Trump?
Según la Casa Blanca, esta medida responde a “razones de seguridad nacional”. Los países afectados, argumentan, presentan deficiencias graves en los controles migratorios, no cooperan con el gobierno estadounidense, y muchos se han negado a aceptar el regreso de sus ciudadanos deportados.
En el caso de Cuba, por ejemplo, se señala que es un Estado “patrocinador del terrorismo” y que no comparte suficiente información con las autoridades estadounidenses.
Sobre Venezuela, el documento indica que el país carece de una autoridad confiable para emitir pasaportes o verificar antecedentes, lo que lo convierte —según la proclamación— en un riesgo potencial.
¿A quiénes afecta y a quiénes no?
Aunque la orden es amplia, sí contempla excepciones. Podrán ingresar a Estados Unidos:
- Residentes permanentes legales (Green Card holders)
- Personas con visas vigentes no afectadas por la suspensión
- Deportistas internacionales en competiciones como los Juegos Olímpicos o el Mundial
- Personas con doble nacionalidad, siempre que una de ellas no esté en la lista
- Casos individuales autorizados por el Departamento de Estado
Además, hay exenciones para quienes enfrentan persecución religiosa o étnica.
¿Cómo afecta a quienes quieren estudiar o trabajar en EE.UU.?
Si tienes nacionalidad de uno de los países afectados y planeabas viajar con una visa B1/B2, F, M o J, esta medida puede bloquear por completo tu ingreso a Estados Unidos, aunque tu proceso ya estuviera en marcha.
Es importante recordar que la suspensión no afecta por igual a todas las categorías migratorias, pero sí supone una barrera real para miles de personas que ya estaban planeando su futuro en EE.UU., especialmente estudiantes y trabajadores en busca de oportunidades.
La proclamación indica que las restricciones estarán vigentes “hasta que los países afectados corrijan las deficiencias identificadas”. Es decir, no hay una fecha final establecida, pero sí se deja abierta la posibilidad de revisión si los gobiernos implicados mejoran sus políticas migratorias y de cooperación.
¿Qué pasa si ya tienes una visa?
Si tu visa ya fue emitida y está vigente, podrías seguir viajando, siempre que no pertenezcas a una de las categorías suspendidas. Aun así, se recomienda consultar con la embajada o consulado correspondiente y mantenerse informado a través de canales oficiales.
Si eres ciudadano de alguno de los países afectados, y tenías planes de estudiar, trabajar o establecerte en Estados Unidos, te recomendamos revisar muy bien tu situación y buscar asesoramiento actualizado.
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