Capitalizar el paro significa pedir al SEPE que te pague de una vez, o en forma de ayuda para tus cuotas, la prestación por desempleo que te queda por cobrar, para usarla en montar tu propio negocio. Su nombre oficial es pago único de la prestación por desempleo.
Es una de las mejores ayudas para empezar como autónomo o crear una empresa, pero tiene condiciones estrictas. Te explicamos quién puede pedirlo, las modalidades, cómo se calcula y cuándo conviene más compatibilizar el paro con el alta.
Quién puede capitalizar el paro
Solo se puede capitalizar la prestación contributiva, la que se cobra tras perder un empleo. Los subsidios no se pueden capitalizar. Puedes usarlo para:
- Darte de alta como autónomo.
- Entrar como socio trabajador en una cooperativa o sociedad laboral.
- Aportar capital a una sociedad mercantil, como una SL, si tienes su control efectivo, trabajas en ella y te das de alta como autónomo.
Requisitos
| Paro pendiente | Al menos 3 meses de prestación por cobrar el día de la solicitud |
| Pagos únicos anteriores | No haber capitalizado el paro en los 4 años anteriores |
| Cuándo pedirlo | Antes de darte de alta como autónomo o en la sociedad |
| Inicio de la actividad | En el mes siguiente a la resolución del SEPE |
| Justificar la inversión | Durante el mes siguiente al cobro |
Lo más importante: si te das de alta como autónomo antes de pedirlo, te lo deniegan. Primero se presenta la solicitud y después se inicia la actividad. Eso sí, una vez presentada, puedes darte de alta sin esperar a la resolución.
Las tres modalidades
- Pago único: cobras de golpe el importe necesario para la inversión inicial de tu proyecto.
- Abono de cuotas: el SEPE te paga cada mes una cantidad para las cuotas de autónomo a la Seguridad Social.
- Combinada: una parte de golpe para la inversión y el resto en abonos para las cuotas.
Tienes que elegir antes de empezar la actividad. Si solo pides una modalidad, no podrás añadir la otra después.
Cuánto se cobra al capitalizar el paro
Se parte del importe de paro que te queda pendiente y se descuenta el interés legal del dinero. El resultado tiene un tope: no te pagarán más de lo que justifiques que vas a invertir. Si quieres saber cuánto paro te corresponde, te lo explicamos en cuánto se cobra de paro.
En qué se puede invertir:
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- Local, maquinaria, equipos informáticos, mobiliario o mercancía.
- Gastos de puesta en marcha, tasas y tributos.
- Gastos de los tres primeros meses, como el alquiler del local.
- Hasta un 15 % en asesoramiento y formación, si te haces autónomo o socio de una mercantil.
No se admiten pagos en efectivo: todo debe pagarse por transferencia o con tarjeta bancaria a tu nombre, para poder justificarlo.
Cómo se solicita
Puedes pedirlo junto con el paro o más tarde, siempre que te queden al menos tres meses. Se presenta en la sede electrónica del SEPE, en tu oficina de prestaciones con cita previa o en un registro público. Si tienes dudas con el trámite, aquí te explicamos cómo hacer consultas al SEPE.
Necesitarás el impreso oficial, tu DNI y una memoria del proyecto con la inversión prevista. Si solo pides el abono de cuotas, no hace falta la memoria. El SEPE resuelve en 15 días si lo pides con el paro y en 30 días si lo pides después.
¿Tributa en el IRPF?
El pago único está exento de IRPF, sea cual sea su importe, si lo destinas a lo que solicitaste y mantienes la actividad durante cinco años. Si cierras antes, tendrás que declararlo en la renta del año en que dejes de cumplir el requisito, con intereses de demora. Además, si has estado de alta como autónomo en algún momento del año, tienes que presentar la declaración de la renta.
Capitalizar o compatibilizar el paro con el alta
Hay una alternativa: seguir cobrando el paro mientras empiezas como autónomo, durante un máximo de 270 días (unos nueve meses). Hay que pedirlo en los 15 días siguientes al inicio de la actividad.
- Capitalizar te conviene si necesitas dinero al principio para invertir: local, equipo o mercancía.
- Compatibilizar te conviene si tu negocio necesita poca inversión y prefieres tener un ingreso fijo mientras arranca.
Ojo: no puedes hacer las dos cosas a la vez, y si has usado una en los 24 meses anteriores, no podrás usar la otra.
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